martes, 15 de octubre de 2013

Ya no es obligatorio el Libro de Visitas en los centros de trabajo


El artículo 40 de la nueva Ley de Apoyo al Emprendedor (Ley 14/2013 de 27 de septiembre) elimina la obligación a los empresarios, de tener en cada centro de trabajo un libro de visitas físico a disposición de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.


La Ley de emprendedores refleja que “la autoridad central de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social pondrá a disposición de las empresas, de oficio y sin necesidad de solicitud de alta, un libro de visitas electrónico por cada uno de sus centros de trabajo, en el que los funcionarios actuantes, con ocasión de cada visita a los centros de trabajo o comprobación por comparecencia del sujeto inspeccionado en dependencias públicas que realicen, extenderán diligencia sobre tal actuación”
 

De esta forma se exime a las empresas de la obligación de mostrar el libro de visitas, sin necesidad de solicitud alguna.