El artículo 40 de la nueva Ley de
Apoyo al Emprendedor (Ley 14/2013 de 27 de septiembre) elimina
la obligación a los
empresarios, de tener en cada centro
de trabajo un libro de visitas físico a disposición de la Inspección
de Trabajo y Seguridad Social.
La Ley de emprendedores refleja que “la autoridad central de la Inspección de
Trabajo y Seguridad Social pondrá a disposición de las empresas, de oficio y
sin necesidad de solicitud de alta, un libro de visitas electrónico por
cada uno de sus centros de trabajo, en el que los funcionarios actuantes, con
ocasión de cada visita a los centros de trabajo o comprobación por
comparecencia del sujeto inspeccionado en dependencias públicas que realicen,
extenderán diligencia sobre tal actuación”.
De esta forma se exime a las
empresas de la obligación de mostrar el libro de visitas, sin necesidad de
solicitud alguna.