martes, 27 de noviembre de 2012

El gobierno frena los DESAHUCIOS.


El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto Ley de medidas urgentes para reforzar la protección a los deudores hipotecarios que estuvieran a punto de ser expulsados de sus hogares.

Estas medidas son las siguientes:

lunes, 26 de noviembre de 2012

Las nuevas TASAS JUDICIALES

En el B.O.E. de 20 de Noviembre se publicó la Ley 10/2012 en la que se regulan las tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
La ley afecta a personas físicas y a personas jurídicas, estando exentas, aquellas personas que tengan  reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.
Se aplicará en el orden jurisdiccional civil, social y contencioso-administrativo.

miércoles, 21 de noviembre de 2012

INFRACCIONES TRIBUTARIAS según la Ley 7/2012 de Prevención contra el FRAUDE

Con la aprobación de la Ley 7/2012 de 29 de octubre para la intensificación en las actuaciones de prevención y lucha contra el fraude se viene a modificar el art. 199 sobre INFRACCIONES TRIBUTARIAS, resultando el presentar de forma incompleta, inexacta o con datos falsos autoliquidaciones o declaraciones, así como los documentos relacionados con las obligaciones aduaneras, imponiéndose una MULTA FIJA de 150 EUROS.

martes, 20 de noviembre de 2012

Modificaciones en el REGIMEN DE AUTONOMOS.

El 30 de octubre entró en vigor la Ley 7/2012 de 29 de octubre para la intensificación en las actuaciones de prevención y lucha contra el fraude,  ley aplicada a los impuestos más importantes y modificando aspectos como la TRIBUTACION POR EL SISTEMA DE MODULOS.

lunes, 19 de noviembre de 2012

Compensación cuotas Seguridad Social a Emprendedores

El 13 de noviembre de 2.012 en el BOCM se publicó la Orden 23/2012 de 12 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la compensación de cuotas de la Seguridad Social a aquellos emprendedores que creen empleo o prorroguen la duración de los contratos ya existentes, y se convocan subvenciones para el año 2.012.

La orden entró en vigor el 14 de noviembre de 2.012, y tiene por objeto compensar las cuotas de la Seguridad Social a los emprendedores de la Comunidad de Madrid que contraten bien:

- a trabajadores desempleados inscritos en las oficinas de empleo, o
- que realicen prórrogas de los contratos ya existentes.

REQUISITOS:
  • La cuantía no podrá superar los 200.000 € en un periodo de tres ejercicios fiscales.  
  • Los beneficiarios  serán las personas físicas que se encuentren dados de alta como autónomos o por cuenta propia en el régimen que corresponda de la Seguridad Social, o las personas jurídicas que hayan constituido su empresa.
  • Las altas o constituciones se deben haber producido SIEMPRE en los últimos seis años, a contar desde la fecha de aprobación de la presente Orden, y la plantilla no debe superar los 50 trabajadores y contraten en el resto de términos previstos en esta Orden. 
  • Con carácter general, deben estar al corriente de obligaciones tributarias y de Seguridad Social, y tener el domicilio social y fiscal en la Comunidad de Madrid.

ACCION SUBVENCIONABLE E IMPORTE DE LA SUBVENCION:

Son subvencionables: 

- las cuotas empresariales a la Seguridad Social de los contratos de trabajo, realizados a  trabajadores desempleados, 
- o prórrogas de contratos de trabajo celebrados a jornada completa, o a jornada parcial igual o superior al 75 por 100 de la jornada ordinaria en función de la duración del contrato o prórroga:

a) El importe será de 80 euros por mes completo del contrato o prórroga cuando la duración sea de tres a cuatro meses.
b) El importe será de 120 euros por mes completo del contrato o prórroga cuando la duración sea de cinco a seis meses.
c) El importe será de 160 euros por mes completo del contrato o prórroga cuando la duración sea superior a seis meses.
El número máximo de mensualidades subvencionables, en todo caso, será de dieciocho. 

El número de contratos realizados y/o prórrogas no ha de ser superior a cinco por solicitante.
 
PLAZO:

Hasta el 10 de diciembre de 2.012. 

Serán subvencionables los contratos o prórrgogas que se realicen entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2.012.



viernes, 16 de noviembre de 2012

miércoles, 14 de noviembre de 2012

Nuevo Contrato para la Formación y el Aprendizaje

El día 9 de noviembre de 2012 se ha publicó el Real Decreto 1529/2012 de 8 de noviembre por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases para la implantación de la formación dual en el sistema educativo.

Las principales características son las siguientes:

Control de la Seguridad Social de Bajas Médicas

El Real Decreto 575/1997, de 18 de abril, establece que las empresas están obligadas a remitir el parte de baja, los partes de confirmación y en su caso el parte de alta -expedidos por el facultativo del Servicio Público de Salud competente- en el plazo máximo de cinco días desde su recepción a la Entidad Gestora.

Calendario Laboral de 2.013

Con fecha 3 de noviembre se ha publicado en el BOE la Resolución de 30 de octubre, de la Dirección General de Empleo, la relación de fiestas para el año 2.013, se recogen un total de ocho días festivos nacionales “no sustituibles”, celebrándose la mitad entre semana y el resto en viernes o sábado, siendo las siguientes:

- 1 de Enero (martes) Año Nuevo,
- 29 de Marzo (Viernes Santo),
- 1 de Mayo (miércoles) Fiesta del Trabajo,
- 15 de Agosto (jueves) Asunción de la Virgen,
- 12 de Octubre (sábado) Fiesta Nacional de España,
- 1 de Noviembre (viernes) Día de Todos los Santos,
- 6 de Diciembre (viernes) Día de la Constitución Española,
- 25 de Diciembre  (miércoles) Natividad del Señor.

A estas fiestas nacionales hay que añadir la fiesta de cada comunidad autónoma y las dos fiestas locales que pueden designar cada ayuntamiento.

El hecho de que el año que viene haya una fiesta nacional menos que en 2012 se debe únicamente a su coincidencia con un domingo. Este año solo cayó en domingo el 1 de enero, mientras que en 2013 lo harán el 6 de enero y el 8 de diciembre.

lunes, 5 de noviembre de 2012

Ipc de Agosto

Os adjuntamos el IPC del mes de Agosto en el siguiente enlace.

Publicación de datos personales en el Tablón de Anuncios de una Comunidad de Propietarios

La publicación de los datos personales de la denunciante en el tablón de anuncios de la Comunidad de Propietarios a la que pertenece, no ha infringido el deber de secreto consagrado en el LOPD al no ser visibles a personas ajenas a la misma.

La AN anula la sanción impuesta por el Director de la Agencia Española de Protección de Datos, por la comisión, por el administrador de una Comunidad de Propietarios, de la infracción del deber de secreto consagrado en el art. 10 de la LOPD.

Señala la Sala que el procedimiento sancionador se inició como consecuencia de la publicidad dada en el tablón de anuncios de la Comunidad detallando datos de carácter personal de la denunciante con ocasión de la convocatoria de una junta, y que, según ella, podían ser visualizados por personas ajenas a los copropietarios. Ahora bien, se ha de tener en cuenta que los datos de la denunciante fueron desvelados en el ámbito de la comunidad de propietarios de la que forma parte y, en tal sentido, conocidos por los demás copropietarios; además, las convocatorias de las juntas habían sido siempre expuestas en el tablón de anuncios de la comunidad que se encuentre en el recinto interior de la misma y a una distancia suficiente para que no fuera posible la lectura de lo expuesto.
Os adjuntamos la resolución en el siguiente enlace.
Fuente: Otrosí.net


Os informamos que, la A.E.P.D. ha publicado un informe jurídico, en el que se obliga a darse de alta en el fichero "personal, nóminas y seguros sociales", además del fichero "comunidad de propietarios" a todas aquellas comunidades de propietarios que, tengan trabajadores por cuenta ajena en la comunidad.
El fichero podrá ser de nivel alto.
Os adjuntamos el informe de la A.E.P.D. en el siguiente enlace.

viernes, 19 de octubre de 2012

Aplicación del cambio de tipos en el IVA

A raíz de la aprobación del Real Decreto Ley 20/2012, de 13 de julio de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competividad, los tipos de IVA han variado a partir del 1 de septiembre de 2.012, pasando del tipo impositivo del 18% al 21%, y en el reducido del 8% al 10%.
Toda estos cambios tienen consecuencias que a continuación pasamos a detallarles.
Es importante tener en cuenta que el tipo impositivo a aplicar es el que se encuentre vigente a la FECHA DE DEVENGO.

El devengo se produce:

- En las entregas de bienes cuando tenga lugar su puesta a disposición del adquirente, o en su caso, cuando se efectúen conforme a la legislación que les sea aplicable.

- En las prestaciones de servicios cuando se presten, ejecuten o se efectúen las operaciones gravadas.

- En ejecuciones de obras, cuando los destinatarios sean las Administraciones Públicas y el pago se realiza mediante certificaciones de obras: si la obra está terminada, en el momento de su recepción.

Y si no lo estuviera se aplica el tipo de IVA vigente el día que efectivamente se cobre, debiendo expedirse la factura con ocasión del pago anticipado.

- En los autoconsumo, cuando se efectúen las operaciones gravadas.

- En las transferencias de bienes, cuando se inicie la expedición en el Estado miembro de origen.

- Para arrendamientos, suministros y demás operaciones de tracto sucesivo (suministros de luz, teléfono...), en el momento en que resulte exigible la contraprestación. Por lo que el tipo exigible será el vigente en el momento de realizar el pago aunque se refiera a operaciones anteriores al 1 de septiembre de 2.012.

En las operaciones que se produzcan Pagos Anticipados, el devengo se producirá en ese momento, aplicando el tipo impositivo vigente en el momento del abono en efectivo, aunque la actividad o el bien se realicen o entreguen con posterioridad al 1 de septiembre de 2.012 no serán objeto de modificación.

En el caso que fuera necesario modificar una factura ya emitida, por errores, el tipo de Iva aplicable será siempre el vigente en el momento del devengo de las operaciones a las que se refiere.

IPC de Septiembre

Remitimos adjunto el enlace del IPC de Septiembre.

El Supremo amplía los gastos que deducen en Sociedades

Son fiscalmente deducibles los gastos convenientes para la gestión de una empresa y no sólo aquellos necesarios para la obtención de ingresos, según acaba de reconocer el Tribunal Supremo, en su sentencia de 3 de julio de 2012.

Nuevo Reglamento Europeo de Protección de Datos

La Comisión Europea considera que la vigente Directiva sobre protección de datos (95/46/CE) se ha quedado obsoleta y, con ella, las adaptaciones trasposiciones nacionales como la L.O.P.D. española. Por eso ha iniciado un proceso para reformarla por completo. Ya están en fase de discusión un Reglamento General, de directa aplicación, y una nueva Directiva, para las cuestiones judiciales y policiales, que buscan modernizar la protección de datos en la era digital.

1. Privacidad desde el diseño

Una de las propuestas básicas de la nueva normativa va a obligar a un cambio en la forma de hacer las cosas en las empresas. La Comisión quiere que se aplique el principio de privacidad desde el diseño (Privacy by design). La idea es que la protección de datos personales se tenga en cuenta desde el principio de todos los procesos y no sea solamente un añadido posterior, todo ello “a fin de asegurar que las garantías de protección de los datos se incorporan ya en la fase de planificación de los procedimientos y sistemas”, dice la comunicación de la Comisión Europea.

2. Delegado de Protección de Datos

Otra de las obligaciones previstas en el nuevo reglamento va a suponer un coste añadido para las empresas, puesta estarán obligadas a tener un Delegado de Protección de Datos (DPO, siglas anglosajonas de Data Protection Officer) que centralice en la empresa todos los asuntos relacionados con los datos personales, tanto de usuarios y clientes como del personal o los proveedores.

La redacción actual de la norma cifra en
250 empleados el tamaño de la empresa a partir del cual estarán obligadas a tener un DPO. Pero no es la versión definitiva y ese límite podría reducirse o ampliarse. De hecho, la Confederación de Organizaciones Europeas de Protección de Datos, de la que forma parte la Asociación Profesional Española de Privacidad, y que representa los intereses de las organizaciones de profesionales de la protección de datos, ya ha emitido una opinión pidiendo rebajar ese límite.
Fuente: asesoriza.com

lunes, 23 de julio de 2012

Eliminación Cheque Vivienda - Reducción Subvención Ascensores

El 9 de julio de 2.012 se publicó en el BOCM la Ley 4/2012, de julio, de Modificación de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid y de medidas urgentes de reacionalización del gasto público e impulso y agilización de la actividad económica con entrada en vigor el 10 de julio de 2.012.

En su artículo 20 establece lo siguiente:

A partir de la entrada en vigor de la presente ley no podrán reconocerse ayudas económicas al amparo de lo establecido en los Decretos 11/2001, de 25 de enero, y Decreto 12/2005, de 27 de enero a excepción de lo previsto para las vigentes Áreas de Rehabilitación declaradas con arreglo a Planes estatales, y cuya financiación haya sido aprobada mediante Acuerdos de Comisión Bilateral.

El importe de las subvenciones para la instalación de ascensor que se reconozcan a partir de la entrada en vigor de la presente ley no superará el 25 por 100 del coste real de su instalación con el LIMITE de 15.000 euros por ascensor. Dichas ayudas se concederán y tramitarán conforme al procedimiento establecido en su normativa reguladora.

miércoles, 18 de julio de 2012

Ipc de Junio de 2012

En el siguiente enlace encontraréis el IPC del mes de junio.

La DGT premiará con un punto extra a los conductores que no hayan perdido ninguno

La Dirección General de Tráfico (DGT) premiará a partir del 1 de julio con un punto más a los conductores que, desde la entrada en vigor del carné por puntos, no hayan cometido ninguna infracción que lleve aparejada la pérdida de puntos.
De esta forma, los conductores podrán tener un máximo de 15 puntos en lugar de los 12 iniciales.

jueves, 7 de junio de 2012

Ya somos PUNTO PAIT


(SLNE, SRL y AUTÓNOMOS)


TE DAMOS TODA LA INFORMACIÓN PARA INICIAR TU PROYECTO EMPRESARIAL


Somos un PUNTO PAIT (Punto de Asesoramiento en el Inicio de la Tramitación) habilitado por Centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE) perteneciente a la Dirección General de Política de la Pequeña y Mediana Empresa a través del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, para prestar los siguientes SERVICIOS:

1. Información sobre las características de la Sociedad Limitada Nueva Empresa (SLNE), la Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL) y el Empresario Individual: marco legal, aspectos mercantiles más importantes, ventajas fiscales, aspectos contables, sistemas de tramitación, normativa aplicable; así como de otras formas jurídicas vigentes en el ordenamiento jurídico mercantil.  

2. Realización de la tramitación para la constitución de empresas mediante el sistema de tramitación telemática desarrollado por la Dirección General de Política de PYME, utilizando el Documento Único Electrónico (DUE). Este servicio deberá prestarse con carácter obligatorio y gratuito.    

3. Información sobre las ayudas públicas a la creación de empresas aplicables al proyecto.  

4. Información sobre el régimen de Seguridad Social aplicable, criterios de adscripción, afiliación, cotización, etc.    

5. Información general sobre temas de interés para las empresas, tales como: Financiación, fiscalidad, programas de ayudas, contratación laboral, internacionalización, investigación, desarrollo tecnológico e innovación, cooperación empresarial, etc.  

6. Realización de la solicitud del código ID-CIRCE y la reserva de la denominación social para la tramitación presencial de la SLNE.

 Y si después quieres que sigamos protegiendo tus intereses y los de tu empresa, te ofrecemos nuestros servicios fiscales, mercantiles, laborables y contables, a un precio especial

CONCIERTA UNA CITA CON NOSOTROS EN EL

91 511 24 19
o
info@asesoramientoarpa.es

AVISO para los Empleadores y Empleados de Hogar

El próximo día 30 DE JUNIO DE 2.012 FINALIZA el periodo transitorio para que los empleadores comuniquen a la Tesorería General de la Seguridad Social los datos de los empleadores en el Régimen Especial de Empleados de Hogar.

A partir del día 1 DE JULIO DE 2.012 todos los empleados de hogar deberán estar incluidos en dicho régimen.

Para más información, contacta con nosotros en el número de teléfono 91 511 24 19 o bien a través del correo electrónico info@asesoramientoarpa.es.

Medidas Urgentes de Protección de Deudores Hipotecarios sin Recursos

os informamos que en el BOE de 12/03/2012 fue publicado el RD Ley 6/2012 de Medidas Urgentes de Protección de Deudores Hipotecarios sin recursos, el cual, contiene una modificación en la Ley de Arrendamientos Urbanos.

Bonificaciones de los Contratos

Como continuación a la entrada sobre la Reforma Laboral, en la que detallábamos las bonificaciones al fomento de contratación indefinida, os adjuntamos un enlace sobre un cuadro resumen que ha proporcionado el Ministerio de Empleo y de Seguridad Social sobre bonificaciones y reducciones a la hora de contratar personal.
Esperamos que sea de vuestro interés.

lunes, 7 de mayo de 2012

Plan Renove de Aire Acondicionado de la Comunidad de Madrid

La Comunidad de Madrid ha anunciado la puesta en marcha de la primera edición del Plan Renove Aire Acondicionado para los ciudadanos que quieran cambiar sus aparatos de aire acondicionado por los que llevan la etiqueta A de eficiencia energética.

Los establecimientos de venta realizarán todas las gestiones de un plan que se podrá consultar en el siguiente enlace.

jueves, 3 de mayo de 2012


La Campaña de la Renta
¡¡¡YA ESTA AQUI¡¡¡



Déjelo en manos de profesionales especializados en la materia, y evite disgustos.

Asesoramiento ARPA le realiza su Declaración de la Renta con todas las garantías.

No dude en acudir a nosotros para su confección, y resolver cualquier duda.


 
 

 



 


martes, 17 de abril de 2012

Ampliación de plazo para domiciliar las liquidaciones del Primer Trimestre del 2.012


La apertura del plazo para solicitar los borradores del IRPF por vía telemática ha provocado problemas en el funcionamiento de la web de la AEAT. Ante esto Hacienda ha decidido ampliar el plazo para domiciliar las liquidaciones correspondientes al primer trimestre.

martes, 3 de abril de 2012

Las nuevas medidas tributarias incluidas en los Presupuestos Generales del Estado


Los Presupuestos Generales del Estado aprobados por el Consejo de Ministros celebrado el pasado viernes 30 de marzo incluye una serie de medidas tributarias con las que se pretende incrementar la recaudación para, complementariamente a la reducción de los gastos de los ministerios, conseguir una reducción del déficit.
Estas medidas no incluyen modificación alguna sobre el IVA, pero su tienen repercusión sobre el Impuesto sobre Sociedades. Además incluyen otras actuaciones que pretende hacer aflorar una parte de la economía sumergida.

Declaración de la Renta 2.011

Ya ha comenzado el PLAZO para la SOLICITUD DEL BORRADOR de la Declaración de la Renta del año 2.012, que se corresponderá con el ejercicio 2.011.

A continuación os informamos de las fechas para poder organizaros, según el Calendario del Contribuyente:

- Desde el 10 de abril hasta el 7 de junio de 2.012: Solicitud del Borrador y Datos Fiscales del ejercicio 2.011.
- Desde el 10 de abril hasta el 27 de junio de 2.012: confirmación del Borrador con resultado A INGRESAR con DOMICILIACIÓN EN CUENTA.
- Desde el 10 de abril hasta el 2 de julio de 2.012: confirmación del Borrador con resultado A INGRESAR SIN DOMICILIACIÓN EN CUENTA.
- Desde el 3 de mayo hasta el 2 de julio de 2.012: Presentación de la Declaración de la Renta 2.012.

jueves, 22 de marzo de 2012

Sustitución de Contadores Eléctricos

En el BOE de 21 de febrero de 2.012 se publicó la Orden del Ministerio de Industria, Energía y Turismo IET /290/2012 de 16 de febrero por el que se modifica la  Orden ITC/3860/2012, de 28 de Diciembre, por el que se revisan las tarifas eléctricas a partir del 1 de enero de 2.008, en lo relativo al plan de sustitución de contadores.

A continuación os detallamos toda la información, que es bastante interesante.

miércoles, 21 de marzo de 2012

Plan RENOVE DE FACHADAS en la Comunidad de Madrid



En relación con el PLAN RENOVE DE FACHADAS DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ponemos a vuestra disposición la siguiente información
Esperamos que sea de vuestro interés.

¿Quién puede acogerse a la subvención?

Cualquier persona propietaria o en régimen de alquiler de una vivienda ubicada en la Comunidad de Madrid que desee incorporar aislamiento en la parte ciega de la  fachada; incorporando aislamiento térmico en la parte exterior de la fachada, instalar aislamiento en la parte interior de la fachada o bien inyectando aislamiento en la cámara de aire del cerramiento, si esta posee una cámara de aire. 

¿Qué fachadas son susceptibles de subvención? 

Se considerarán como actuaciones susceptibles de obtener un descuento en la factura la incorporación de aislamiento térmico en fachadas que se realicen antes del 15 de octubre de 2012 o hasta el agotamiento de los fondos asignados al mismo. Las solicitudes para acogerse al Plan se atenderán por riguroso orden de presentación. 

Además se debe cumplir lo siguiente: 

1. Que la instalación sea realizada en una vivienda o edificio de viviendas ubicadas en la Comunidad de Madrid;  
2. Que el material de aislamiento posea un valor de resistencia térmica (RT) ;
3. Que el material de aislamiento se encuentre en la base de datos de materiales de aislamiento del Plan Renove de la Comunidad de Madrid;  
4. Que las fachadas en los que se lleven a cabo las rehabilitaciones formen parte de los cerramientos exteriores de una vivienda o edificio de viviendas, no siendo subvencionables los cerramientos opacos que se instalen con la finalidad de cubrir ambientes exteriores (terrazas, tendederos, etc.).  

¿Cuánto dinero me dará la Comunidad de Madrid acogiéndome a este Plan?  

El Plan Renove de Fachadas está dotado con un presupuesto de 5 millones de euros destinados por la Comunidad de Madrid, a través del Convenio suscrito con el Instituto para la Diversificación y el Ahorro de Energía (IDAE) para la puesta en práctica en nuestra región de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia 
Energética en España, y subvenciona: 
• el 22% del coste elegible elegible en el caso que el aislamiento térmico tenga una resistencia térmica igual o superior a 1,5 m.K/W.  
ó  
• el 35% del coste elegible en el caso que el aislamiento térmico tenga una resistencia térmica igual o superior a 4 m2.K/W.  
Es importante señalar que la cuantía del descuento nunca podrá superar los 10.000 euros por cada vivienda unifamiliar o los 300.000 euros por cada edificio de viviendas en bloque. 

Para evitar que se reserven fondos para actuaciones que no dependen directamente de obra de rehabilitación energética se muestra en la siguiente tabla las actuaciones susceptibles de subvención: 




¿Hasta cuándo puedo pedir la subvención? 

El Plan Renove estará vigente desde el 26 de diciembre de 2011 hasta el día 15 de Octubre de 2012 o hasta el agotamiento de los fondos asignados al mismo. Las solicitudes para acogerse al Plan se atenderán  por riguroso orden de presentación. 

¿Cómo se realiza la subvención?
El descuento se lo hará el propio instalador encargado de la obra. 

Para ello, bastará que acuda a una empresa de rehabilitación que se haya adherido al Plan Renove. 
Una vez hecho esto y siempre y cuando se cumplan los requisitos para obtener la ayuda, la empresa de rehabilitación comprobará si aún hay fondos disponibles, realizará la reserva de crédito para su obra y, de ser así, le aplicará el descuento correspondiente en la factura, después de aplicar el IVA, indicando como concepto: "Ayuda Plan Renove de Fachadas en Viviendas de la Comunidad de Madrid". 

¿Qué requisitos deben cumplir una empresa de rehabilitación para adherirse al Plan Renove de Fachadas de la Comunidad de Madrid? 

Cualquier empresa de rehabilitación comprometida con el ahorro energético y está dispuesto a sumarse a esta iniciativa, los pasos que debe realizar para convertirse en un instalador adherido al Plan Renove de Fachadas, son los siguientes: 

• Rellenar el  formulario de solicitud que podrá encontrar en la página web: 
www.renovedefachadas.com y;  
• Enviar al gestor (Asociación Nacional de Fabricantes de Materiales Aislantes - ANDIMAT) el boletín original debidamente cumplimentado, firmado y sellado junto con la fotocopia del CIF de la empresa y fotocopia del IAE (impuesto de actividades económicas) que acredite que la persona o empresa desempeñan una actividad relacionada con la rehabilitación de fachadas.  

Una vez recibida la información en ANDIMAT, esta Asociación le dará de alta en la base de datos como instalador adherido al Plan. 

Si quiere obtener más información al respecto contacte con la Asociación Nacional de Fabricantes de Materiales Aislantes - ANDIMAT (Calle Velázquez, 126 piso 3ºC - 28006 Madrid - Teléfono: 91 575 07 46 - Fax: 91 575 08 00). Ellos le informarán y le explicarán qué debe hacer para adherirse al Plan y 
tramitarán sus solicitudes relacionadas con el Plan Renove aunque no esté asociado a ella ni pretenda asociarse en el futuro. 

¿Cómo puedo conocer qué soluciones de rehabilitación son adecuadas para mi vivienda?  

La empresa de rehabilitación adherida al Plan Renove le podrá asesorar sobre las soluciones técnicas más adecuadas para su vivienda. 

Se pueden encontrar publicaciones de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid sobre las ventajas del aislamiento y soluciones técnicas de rehabilitación de fachadas de la Guía de Rehabilitación energética de edificios de viviendas. 

¿Cuáles son los ahorros que se obtienen al rehabilitar mi fachada? 

Rehabilitar energéticamente los edificios existentes supone un ahorro neto de energía, mejora el confort de las viviendas y reducirá su factura energética. 
ción ANDIMAT se ha desarrollado una Hoja de cálculo pre-estudio del ahorro Rehabilitar la envolvente térmica de los edificios puede ahorrar el 50% del consumo energético de los edificios. 

 ¿Qué requisitos deben cumplir las fachadas que se rehabiliten para poder acogerme al Plan Renove? 

La conductividad térmica es una propiedad de los materiales que valora la capacidad de transmitir el calor a través de ellos. Cuanto menor es el valor de conductividad térmica mayor es la capacidad aislante del material. Sus unidades son W/m.K. 
La resistencia térmica representa la dificultad que ofrece un producto concreto en dejarse atravesar por el calor. Se define como el cociente del espesor y la conductividad. Sus unidades son m2.K/W. 

Cuanto más alto es el valor de la resistencia térmica, mayor es el nivel de aislamiento. 












Nuevas medidas de apoyo a los deudores hipotecarios sin recursos


El pasado Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que establece medidas para paliar el problema de los desahucios para las personas en riesgo de exclusión social, que se completa con un Código de Buenas Prácticas.
Los destinatarios de la medida son aquellas familias que cuentan con una única vivienda, tienen a todos sus miembros en el paro y no tienen ingresos. La cuota hipotecaria no puede exceder el 60% de sus ingresos. 

martes, 20 de marzo de 2012

Inspección Técnica de Edificios



El Departamento de Inspección Técnica de Edificios del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda del Ayuntamiento de Madrid, informa sobre los edificios que en el año 2012, deben pasar su inspección técnica y que a continuación le transcribimos para su conocimiento y efectos oportunos: 

Se han aprobado las lineas ICO para el 2012



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El Consejo de Ministros ha aprobado  la dotación de las líneas de mediación ICO para 2012 para facilitar, la financiación a las empresas, y en particular pymes y emprendedores.

lunes, 27 de febrero de 2012

Ipc de Enero

Os facilitamos el IPC del mes de Enero en el siguiente enlace.

El Gobierno eximirá de licencia para incentivar la apertura de pequeños comercios

Fuente:Madrid.(EFE).- El ministro de Economía y Competitividad, Luis de Guindos, ha anunciado hoy que el Gobierno agilizará la apertura de pequeños establecimientos comerciales a través de una ley para suprimir la licencia de apertura y obra, y también trabaja en una línea ICO para este sector.

El Gobierno unificará los organismos reguladores



El Consejo de Ministros ha analizado un informe sobre el Anteproyecto de Ley de reforma de los organismos supervisores, cuyo objeto es crear la Comisión Nacional de Mercados y Competencias para agrupar las funciones de supervisión de los organismos independientes existentes en la actualidad.

jueves, 16 de febrero de 2012

El Gobierno aprueba la reforma del mercado laboral



El Consejo de Ministros del pasado viernes aprobó el Real Decreto Ley de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, que pretende acabar con la rigidez del mercado de trabajo y sentar las bases para crear empleo estable. 

El Gobierno tiene como objetivo facilitar la contratación, con especial atención a los jóvenes y a los parados de larga duración, potenciar los contratos indefinidos frente a los temporales y contribuir a que el despido sea el último recurso de las empresas en crisis. 

Esta reforma también intenta atajar las causas de la economía sumergida y apoyar a los autónomos y a las pymes como grandes generadores de empleo en España. Una de las principales medidas es la creación de un contrato indefinido para emprendedores, destinado a empresas con menos de cincuenta trabajadores. 

Medidas más destacadas 

jueves, 9 de febrero de 2012

Garzón, condenado a 11 años de inhabilitación por prevaricación en las escuchas de Gürtel


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El Tribunal Supremo ha condenado al juez Baltasar Garzón a 11 años de inhabilitación por prevaricación tras ordenar la grabación en la cárcel de las conversaciones entre los presuntos cabecillas del caso Gürtel y sus abogados, informa Cristina Ónega.
El Tribunal sostiene que Garzón, al ordenar las grabaciones de Franciso Correa y Pablo Crespo con sus abogados en la cárcel de Soto del Real, adoptó una resolución injusta y restringió el derecho de defensa de los imputados en prisión "sin razón alguna que pudiera resultar minimamente aceptable".
La sentencia, de 68 folios, supone en la práctica el fin de la carrera de Baltasar Garzón, de 57 años, con la "pérdida definitiva" de la condición de juez del hasta ahora titular del Juzgado de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional, cuya plaza perderá. La sentencia es firme y no se puede recurrir.
Durante el tiempo que dura la condena, Garzón no podrá obtener ningún empleo o cargo con funciones jurisdicccionales o de gobierno dentro del Poder Judicial. Además del pago de las costas tendrá que pagar una multa de 6 euros diaria durante 14 meses.
La sentencia ha sido acordada por unanimidad por los siete magistrados del tribunal, presidido por Joaquín Giménez, que juzgaban a Garzón. Es la primera sentencia de los tres procesos abiertos en el alto tribunal al juez de la Audiencia, suspendido en su día.
Los magistrados han comunicado personalmente la sentencia a Baltasar Garzón, que fue citado ante el tribunal pasadas las 13.30 horas. El juez no ha hecho declaraciones pero su abogado en esta causa, Francisco Baena Bocanegra, sí ha hablado con TVE. Ha dicho que Garzón está "disconforme" y "muy afectado" pero se ha mostrado convencido de que "se recuperará anímicamente del golpe".
"Seguiremos luchando en pro de su inocencia", ha dicho, tras reconocer que el fallo no estaba entre "sus predicciones".

RTVE.ES


martes, 7 de febrero de 2012

Bodas y Divorcios ante Notario



El Ministerio de Justicia tiene previsto impulsar una ley de mediación y jurisdicción voluntaria que permita, por ejemplo, que los notarios puedan resolver matrimonios y divorcios de mutuo acuerdo.
Según el ministro Alberto Ruíz Gallardón, estos y otros asuntos deberían salir de la vía exclusivamente judicial para aligerar el atasco en la Justicia. El objetivo es “proporcionar servicios con plena garantía para los ciudadanos, pero ante otros funcionarios u organismos”.  

El Gobierno aprueba el saneamiento del sistema financiero


El Consejo de Ministros del pasado viernes aprobó el Real Decreto Ley de saneamiento del sistema financiero, que aborda cuatro aspectos: un plan de saneamiento del sector, un plan de reestructuración, la simplificación de los órganos rectores de las cajas de ahorro, y las limitaciones estrictas al sistema de remuneraciones de los administradores y directivos de las entidades que reciban ayudas. 

miércoles, 18 de enero de 2012

MODIFICACIONES EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL


En el Boletín Oficial del Estado de 31 de diciembre se publicó el Real Decreto-Ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia Presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público con entrada en vigor el 1 de enero de 2012.
A continuación, le remitimos un extracto de las medidas adoptadas en materia de Seguridad Social al que pueden acceder en el siguiente enlace.

martes, 17 de enero de 2012


El Gobierno congelará el Salario Mínimo Interprofesional (SMI)en el 2.012 a 641,40€


Tras subir un 1,3% en 2011, el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) quedó fijado en 21,38 euros al día o 641,40 euros al mes y en cómputo anual en ningún caso por debajo de los 8.979,60 euros.

Para los trabajadores eventuales y temporeros cuyos servicios a una misma empresa no excedan de ciento veinte días, el salario mínimo se situó en 30,39 euros por jornada. Por último, para los empleados de hogar la cuantía establecida era de 5,02 euros por hora trabajada.

 

lunes, 16 de enero de 2012

¿Cómo calcular las retenciones de los trabajadores para el año 2.012?


La AEAT ha publicado una nota informativa en la que se aclara el procedimiento para el cálculo de las retenciones de los trabajadores en 2012.
En la página oficial de hacienda www.aeat.es hay un programa para el cálculo de las retenciones a disposición de los contribuyentes, pero es necesario realizar una modificación, a resultas de la aprobación por parte del Gobierno del nuevo gravamen que se incluye en el IRPF.

El cálculo está previsto para 
las retenciones a aplicar en las nóminas del mes de enero. A partir de febrero es cuando se aplicará el incremento correspondiente a la inclusión del nuevo gravamen. Proximamente, en la página de Hacienda  se podrá descargar el nuevo programa para realizar el cálculo.

La AEAT comunica que la retención que debería haberse aplicado en enero no se aplicará directamente en el mes de febrero sino que se prorrateará, distribuyendola en los restantes meses del año.

El nuevo programa tendrá una opción específica para practicar dicha regularización y realizar el prorrateo, tratando de esta forma de manera diferente las situaciones en las que los trabajadores pertenezcan a la plantilla de la empresa antes del 1 de febrero de 2012 y los que se incorporen a partir de esa fecha, a los que no se les aplicará el prorrateo.

En el momento en que la Agencia Tributaria tenga listo dicho programa os lo comentaremos.
Ipc de Diciembre de 2.011

Os notificamos el IPC de Diciembre de 2.011.

viernes, 13 de enero de 2012

Novedades fiscales para el 2012


- Para los ejercicios 2.012 y 2.013 se incrementará el tipo impositivo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
- Se establece un gravamen complementario a la cuota íntegra estatal del IRPF para los ejercicios 2.012 y 2.013. A consecuencia se modifican los pagos a cuenta en renta y sociedades ( trabajo, mobiliario arrendamientos).
- Se prorrogan para el 2.012 (terminaban el 2011) el tipo de gravamen reducido en el Impuesto de Sociedades y Renta por mantenimiento o creación de empleo aplicable a microempresas.
- Se prorroga para el 2.012 (terminaba 2011) la aplicación del tipo reducido del Iva al 4% en la entrega de viviendas nuevas.

EN CUANTO AL IMPUESTO SOCIEDADES

- Los pagos a cuenta del Impuesto para el 2.012 se mantienen, es decir, para la modalidad normal el 18% y la modalidad especial 5/7*tipo de gravamen.
- Aumento el tipo de retención por rentas mobiliarias y arrendamientos del 19 al 21% para los ejercicios 2012 y 2013,.
- Serán deducibles los gastos por habilitar a los empleados en la utilización de nuevas tecnologías.
- Se prorroga para el 2.012 (terminaba 2.011) el tipo de gravamen reducido por mantenimiento y creación de empleo en las mismas condiciones:
Hasta 300.000€ al 20% y resto al 25%

I.R.P.F.

- Se establece para los ejercicios 2.012 y 2.013 un gravamen complementario a la cuota íntegra estatal desde el 0,75 hasta el 7%.
- Se establece para los ejercicios 2.012 y 2.013 un gravamen complementario en la base liquidable del ahorro del 2-4-6% a los tramos hasta 6.000/18.000/24.000€
- Deducción vivienda habitual, se suprime el topo de base imponible de 24.107,20€ para poder aplicar la deducción. La base máxima sigue siendo 9.040€.
- En materia de retenciones y tipo especial por creación de empleo las mismas condiciones que en sociedades.
Calendario del Contribuyente Año 2.012

En el Calendario Fiscal del contribuyente se recogen las obligaciones fiscales para el año 2.012 de las S.L. (sociedades limitadas), S.A. (sociedades anónimas), S.L.L.(sociedad limitada laboral), Autónomos, comunidad de bienes, Sociedad civil, Fundaciones, Asociaciones etc...
Os proporcionamos el enlace para que estar siempre al corriente de los plazos fiscales.