miércoles, 14 de noviembre de 2012

Nuevo Contrato para la Formación y el Aprendizaje

El día 9 de noviembre de 2012 se ha publicó el Real Decreto 1529/2012 de 8 de noviembre por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases para la implantación de la formación dual en el sistema educativo.

Las principales características son las siguientes:

1) CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE
Atendiendo al artículo 11.2 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, el contrato podrá realizarse con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veinticinco que carezcan de una cualificación profesional reconocida por el sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo para concertar un contrato en prácticas para el puesto de trabajo.

Asimismo, se establece que, temporalmente, hasta que la tasa de desempleo se sitúe por debajo del 15 por 100, podrán celebrarse contratos con menores de treinta años, en línea con lo estipulado para el contrato indefinido de apoyo a los emprendedores.
- Duración del contrato y tiempo de trabajo efectivo: El contrato deberá formalizarse por escrito, su duración mínima será de un año y la máxima de tres años, salvo lo que disponga el convenio colectivo correspondiente, no siendo la duración mínima inferior a seis meses ni la máxima de tres años.

- El tiempo de trabajo efectivo no podrá ser más del 75 por 100 de la jornada el primer año y el 85 por 100 los otros dos, y no se podrán realizar horas extraordinarias, salvo por motivos de fuerza mayor.

Se amplía el tiempo mínimo de formación del 15 por 100 al 25 por 100 durante el primer año.

En la formación profesional dual inherente al contrato para la formación y el aprendizaje la actividad formativa se realiza en alternancia con una actividad laboral retribuida. La retribución será la fijada en convenio, si bien en ningún caso podrá ser inferior al Salario Mínimo Interprofesional en proporción al tiempo de trabajo efectivo.

Las empresas podrán beneficiarse de reducciones en las cuotas a la Seguridad Social, tanto durante la vigencia del contrato, como por su transformación en indefinido a la finalización del mismo.
- Reducción de cuotas empresariales: Se prevé la posibilidad de reducciones de las cuotas empresariales a la Seguridad Social del 100%, si el contrato se realiza por empresas cuya plantilla sea inferior a 250 personas.
 Se reducirán el 100% de las cuotas de los trabajadores a la Seguridad Social durante toda la vigencia del contrato, incluida la prórroga.

Además, si  se TRANSFORMAN EN INDEFINIDOS , tendrán derecho a una reducción en la cuota empresarial a la Seguridad Social de 1.500 euros/año, durante tres años. En el caso de mujeres, dicha reducción será de 1.800 euros/año.

Para los que tengan alguna discapacidad podrán, ver ampliada la duración de su contrato hasta un máximo de cuatro años en función de las circunstancias individuales del trabajador.

Se prevé que las actividades formativas sean presenciales, de teleformación o mixtas.
2) FORMACIÓN DUAL DENTRO DEL SISTEMA EDUCATIVO
En cuanto a la Formación Profesional Dual, el Real Decreto establece el desarrollo de proyectos de formación profesional dual en el sistema educativo, con la coparticipación de los centros educativos y las empresas, cuando no medie un contrato para la formación y aprendizaje.

Los centros participantes, deberán estar autorizados para impartir ciclos formativos de formación profesional y establecer convenios de colaboración con empresas del sector correspondiente, de acuerdo con lo que determine la normativa autonómica.

El proyecto de formación profesional dual, que deberá ser autorizado por la Administración educativa correspondiente, formalizándose a través de un convenio con la empresa colaboradora, especificando la programación para cada uno de los módulos profesionales.

El alumno deberá cursar previamente la formación necesaria que garantice el desarrollo de la formación en la empresa con seguridad y eficacia. Las administraciones educativas se responsabilizarán de realizar el seguimiento y evaluación de estos proyectos.