El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto Ley de medidas urgentes para reforzar la protección a los deudores hipotecarios que estuvieran a punto de ser expulsados de sus hogares.
Estas medidas son las siguientes:
El Real Decreto 575/1997, de 18 de abril, establece que las empresas están
obligadas a remitir el parte de baja, los partes de confirmación y en su caso
el parte de alta -expedidos por el facultativo del Servicio Público de Salud
competente- en el plazo máximo de cinco días desde su recepción a la Entidad
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