La apertura del plazo para solicitar los borradores del IRPF por vía telemática ha provocado problemas en el funcionamiento de la web de la AEAT. Ante esto Hacienda ha decidido ampliar el plazo para domiciliar las liquidaciones correspondientes al primer trimestre.
Este plazo finalizaba el 15 de abril y se ha ampliado hasta el día 17 y sólo afecta a las domiciliaciones, manteniéndose el plazo de presentación ordinaria que termina el próxima 20 de abril
Esta ampliación afecta a la domiciliación de las liquidaciones de los modelos siguientes:
- Modelo 111: IRPF. Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de Renta.
- Modelo 115: IRPF. Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos.
- Modelo 123: IRPF, IS e IRNR (establecimientos permanentes). Retención e ingreso a cuenta. Determinados rendimientos del capital mobiliario o determinadas rentas.
- Modelo 130: IRPF. Pago fraccionado. Empresarios y profesionales en Estimación Directa. Declaración – Liquidación.
- Modelo 131: IRPF. Pago fraccionado. Empresarios y profesionales en Estimación Objetiva. Declaración – Liquidación.
- Modelo 202: IS. Pago fraccionado régimen general.
- Modelo 222: IS. Pago fraccionado Régimen de Tributación de los Grupos de Sociedades.
- Modelo 303: IVA. Impuesto sobre el Valor Añadido. Autoliquidación.
- Modelo 310: IVA. Régimen simplificado.
- Modelo 353: IVA. Grupo de entidades. Modelo agregado. Autoliquidación mensual.
- Modelo 560: IIEE. Impuestos sobre la electricidad.
- Modelo 561: IIEE. Impuestos sobre la cerveza.
- Modelo 562: IIEE. Impuestos sobre productos intermedios.
- Modelo 563: IIEE. Impuestos sobre alcohol y bebidas derivadas.
- Modelo 564: IIEE. Impuestos sobre hidrocarburos.
- Modelo 566: IIEE. Impuestos sobre labores del tabaco.